Redacción. Los diputados del Partido Unidad Social Cristiana presentaron una acción de inconstitucionalidad contra el decreto firmado por el presidente de la República, Carlos Alvarado, para la creación de la Unidad Presidencial de Análisis de Datos (UPAD), derogado el viernes anterior.
La intención es que los magistrados determinen si puede existir un órgano que acceda a la información de los costarricenses.
La solicitud fue realizada por María Inés Solís, Pedro Muñoz, Shirley Díaz, Pablo Heriberto Abarca y Rodolfo Rodrigo Peña y pretende también que los magistrados determinen si hubo una omisión por parte de los ministros, jerarcas y funcionarios de gobierno contra normas y principios fundamentales protegidos por nuestra Constitución Política.
LEA MÁS: Abogada denuncia penalmente al presidente y a dos ministros por la creación de UPAD
«Se interpone la presente Acción de Inconstitucionalidad en contra de la decisión de las primeras tres autoridades públicas citadas de crear, primero al margen de la ley, un órgano para analizar y recabar datos de carácter confidencial protegidos por norma constitucional y, segundo, por haber decretado posteriormente su creación formal mediante el dictado de un Decreto Ejecutivo que facultaba a ese órgano a requerir de la Administración Pública Central y Descentralizada, toda la información en su poder (salvo la que tuviere naturaleza de Secreto de Estado), con el supuesto objeto de servir de insumo en la elaboración de políticas públicas por parte del Gobierno de la República, a cuyo jerarca dicha Unidad de Análisis de Datos servía de forma permanente», asegura el documento.
Finalmente, por considerarla una omisión evidente e inexcusable, se interpone la presente Acción de Inconstitucionalidad en contra de la inercia de la Directora Nacional de la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (PRODHAB), órgano adscrito al Ministerio de Justicia y Paz creado por Ley N° 8968 para garantizar a cualquier persona, independientemente de su nacionalidad, residencia o domicilio, el respeto a sus derechos fundamentales, concretamente, los contenidos en el artículo 24 de nuestra Constitución Política.