Minor Araya Salguero

Criminólogo – Exjefe OIJ


Pavas, miércoles 24 de junio, en horas de la tarde (alrededor de las 14:45 horas).

Oficiales de la Policía de Tránsito se encuentran «regulando» el tránsito en las cercanías del edificio central del AyA cuando, uno de los tantos vehículos que tratan de controlar en la vía, simplemente irrespeta una orden policial de «deténgase»; el sedán definitivamente, evade la intención preventiva de las autoridades en el sitio.

Aquel flagrante irrespeto, hace que los dos policías al mando de sus motocicletas persigan al auto evasor para lo cual, «…accionaron sus armas contra las llantas del carro impactando el mismo en al menos unas 7 ocasiones, de esta forma se logró detenerlo unos 600 metros al oeste de la Embajada Americana.» (Diario Extra). 

En efecto, luego de aquellos disparos, el «vivazo» detiene su vehículo saliendo de este de inmediato y por tanto, facilitando su aprehensión. Si bien la técnica de arresto se aprecia correcta, la dominación del área, resulta pésimamente ejercida por los dos oficiales.

Pero, para lograr detener el automotor así como esposar al atrevido infractor (al que se supone único y principal objetivo policial), lo que podría llegar a ser calificado como daño a la propiedad privada, lamentablemente no fue suficiente…

El irresponsable se hacía acompañar de una mujer, 23 (con siete meses de embarazo) y dos menores de 5 años. De acuerdo con AMPrensa «Ella recibió dos disparos -uno en la región lumbar y otro en la pierna- y se encuentra hospitalizada.». ¿Lesiones culposas…? Determinar los costos adicionales en los que incurre la operación policial en cuestión, a efecto de lograr alcanzar sus objetivos, será resorte de Los Tribunales de Justicia, no mío.

Con todo, ¿Qué manifiesta la máxima autoridad de nuestra Policía de Tránsito al respecto…? «Se da el seguimiento del vehículo, en varias ocasiones se le dio la voz de alto, aún así no atendió las indicaciones policiales. El vehículo irrespeto la señal de alto, poniendo en riesgo a particulares y oficiales en el sitio, por lo que los efectivos presentes utilizaron su arma de reglamento» (Crhoy).

«Es el producto de un proceso policial defectuoso» (Telenoticias). Con respecto a estos hechos, aquello fue lo que presumí el pasado jueves 25, en tan oportuna nota periodística. Respetable lector ¿Le gustaría escarbar y, no precisamente la tierra…? Sigamos…

Lo que a través de un video, muchos logramos observar y también leer en tan distinguidos medios de comunicación, en efecto, muy posiblemente fue el resultado – en cadena – de otro, un proceso también policial llamado, Puesto Policial de Control de Carretera (PCo); actividad que precede a lo que, técnicamente se llama Persecución Policial en Carretera o, a Alta Velocidad (PCa).

El segundo es contenido por el primero; al planear, estructurar y disponer un PCo, necesariamente se debe contemplar, como posible actividad consecuente, la Intención de Evasión. Así, el planteamiento de un dispositivo que controle policialmente la circulación vehicular, debe hacerlo, considerando las políticas y procedimientos que regulan una persecución (PCa). ¿Tienen nuestras autoridades de policía preventiva tanto como represiva, política y procedimientos, debidamente establecidos y sobre todo, entrenados a tales efectos…? Lo dudo mucho.

Pero ¿Qué podemos entender por PCa…?


«Una persecución policial se define como un evento iniciado por un agente de la ley que opera un vehículo motorizado autorizado que avisa, a efecto de que se detenga (ya sea mediante el uso de señales de emergencia visuales o audibles o bien, a través de una combinación de dispositivos de emergencia) a un conductor que se requiere aprehender, y ese conductor no cumple con lo requerido por el aviso ya sea, manteniendo o aumentando su velocidad o bien, realizando maniobras evasivas al intento del oficial por detener al automovilista» – Administración Nacional de Seguridad del Tráfico en Carreteras (NHTSA, por sus siglas en inglés)


Daños a la propiedad pública y privada, lesiones graves y, hasta muerte (a propios y extraños) son algunos de los riesgos inherentes a la PCa, razón por la cual el Instituto Nacional de Justicia de los Estados Unidos de América (NIJ por sus siglas en inglés) ha sido y es contundente al guiar y advertir a la comunidad policial norteamericana lo siguiente:

«Las persecuciones a alta velocidad exponen a cualquier departamento de policía a un alto riesgo de pérdida de vidas, lesiones personales graves y daños materiales graves. Si los heridos o muertos son oficiales de policía, el departamento de policía sufre gran pérdida directa. Si los heridos o muertos son los ciudadanos involucrados, el departamento o el gobierno al que sirve puede ser responsabilizado en acciones civiles, incluyendo los daños a la propiedad privada. Cuando las partes lesionadas son transeúntes inocentes, la responsabilidad es mayor, es grave, es particularmente difícil de eludir.». Para un buen entendedor…

 Cualquier actividad policial que pretenda controlar automotores en nuestro sistema nacional de caminos, debe necesariamente contemplar en su planteamiento aquellas respuestas a la pregunta ¿Qué hacer, como policía, en caso de intento de evasión de manera tal, que los resultados de las contramedidas operativas, no provoquen un daño mayor? 

Es por esto, que un PCo – recordemos, Puestos Policiales de Control de Carretera – profesionalmente estructurado, debe asumir su disposición operativa a efecto de efectivamente disuadir y neutralizar cualquier intento de evasión o bien, asumir este como posible y tolerable cumpliendo con uno de sus objetivos centrales: Evitar promover una persecución cuyos inciertos resultados, puedan calificarse de desproporcionados y, hasta irracionales por crear y alimentar una amenaza.

Basta con leer el comentario que hiciera el internauta William Campos Solano, con respecto al caso central de este artículo:

«Cuando la prepotencia le gana a la razón, ahora este oficial tendra que pagar muy caro en efectivo la falta de profecionalismo y pericia, como dicen los pachucos » papi lo tengo grabado» ahora con semejante evidencia un abogado se ganará semejante salario, y este oficial hasta pedir trabajo en alguna municipalidad, porque ahi caen todos los despedidos por el sistema.» (Diario Extra).

Ahora bien, no falta quien piense que este tipo de amenazas causadas por una incorrecta estructuración de un PCo o bien, una defectuosa conducta en una PCa – recordemos, Persecución Policial en Carretera – es solo cosa de hoy, no volverá a suceder y por lo cual, «tierra al asunto». Pues bien, el problema por desgracia desde hace mucho, no usa pañales…

Diciembre 22, 2019 «Una persecución policial terminó con el choque frontal de dos patrullas de Fuerza Pública y al menos dos oficiales heridos. Accidente se reportó en Pavas.» (Noticias Repretel).

Febrero 14, 2020 «Policía muere en choque contra vehículo durante persecución policial

Hechos se registraron en Guápiles de Pococí, Limón» (La Nación).

Marzo 13, 2020 «Patrulla de Fuerza Pública colisiona contra vivienda durante persecución policial. El Ministerio de Seguridad Pública confirmó que el hecho ocurrió la mañana de este viernes en el sector de Santa Ana.» (Telenoticias).

Junio 4, 2020 «Una patrulla de la Policía Municipal de San José atropelló a una mujer frente al Parque Central, sobre la Avenida Segunda, este jueves a eso del mediodía. Según testigos en el lugar, el vehículo policial iba en una persecución con las sirenas puestas, cruzó un semáforo en rojo y embistió a la peatona.» (Telenoticias).

 ¿Y los balazos…? De seguro muchos,  a esta altura, se preguntarán ¿Debe la policía detener un vehículo que evade su clara y contundente orden de alto, utilizando sus armas de fuego…? No, al menos no bajo el marco que da forma a estos hechos. Por las características – altamente destructivas – de este tipo de armas (pistola semiautomática calibre 9 mm), al usarlas se debe, realmente saber sobre las capacidades de la máquina; de lo contrario, grueso favor se haría, no portarla.


«Un agente que entienda las características del Arte de ser Policía, entenderá y aceptará que ante el criminal, no siempre se gana hoy, por lo que, se debe saber perder y mejor trabajar, por ese justo y ansiado éxito de mañana»


La ignorancia (al menos, aparente) puede resultar ser el peor enemigo del policía. Justificar lo que parecería injustificable – al menos esto es lo que se percibe – como lo hace el buen director de la Policía de Tránsito (Don Germán Marín), ciertamente puede arrastrar al error a su más preciado recurso, sus leales colaboradores. Pero, es cierto, nadie nace aprendido siendo yo quizá, el peor de los ignorantes.

En enero 9, 2018, un sujeto de apellido Galo y otros, son sorprendidos «tratando de robar los huevos al águila» esto es, tratando de sustraer una motocicleta propiedad de un agente del Organismo de Investigación Judicial (OIJ).

Don Michael Soto Rojas (hoy un buen ministro de Seguridad Pública), en ese entonces, jefe de la Oficina de Planes y Operaciones del OIJ explicó que «uno de los sospechosos intentaba escapar en un vehículo blanco. Él intentó atropellar a los agentes que reaccionaron con 3 disparos a las llantas del vehículo.» (Crhoy).

Tal justificación no me extrañó pues como dije, nadie lo sabe todo; Soto y yo, no somos una excepción. No se dispara a las llantas de un vehículo cuyo conductor, clara e indudablemente, pretende utilizar el automotor como arma letal, es decir, para matarte o matar personas inocentes. Puede ser, si, la ingenuidad la que finalmente te mate.

Con armas de clasificación corta (pistola semiautomática cal. 9mm) y munición totalmente recubierta, no se debe disparar a un vehículo en movimiento, en medio de la urbe, tratando de hacer daño a sus neumáticos a efecto de lograr su velocidad cero; estas balas viajarán a una velocidad igual o ligeramente superior a la velocidad del sonido en el aire y su probabilidad de rebote hacia ángulo incierto, puede ser muy alta. Incluso puede herir de muerte al propio tirador y, a personas inocentes.


«Cuando disparamos un arma de fuego en un ambiente no controlado, podemos tener como certeza que, no sabremos cuál será la última posición y condición de las balas»


Poca cosa hay peor para un buen policía, que hacer algo incorrecto creyendo que hace lo correcto y luego, sentirse abrumadoramente solo, enfrentando sus miedos y argumentos ante tribunales de distinto nivel. Cabizbajo se acerca a aquel, a su admirado o no jefe y le dice: «Señor, hice lo mejor que pude, según lo aprendido y ordenado ¿Usted qué piensa al respecto de este problema que resultó …?» Y, aquel jefe, no menos asustado tal vez, le responde «¡Bendiciones! bueno, yo mejor te recomiendo buscar un buen abogado, es lo único que te puedo decir, suerte…»

En el Programa Horizontes Costa Rica (junio 29) su acucioso director resaltaba algunos de los comentarios que policías y expolicías le hacían llegar en torno al contexto del tema; uno que versaba en el cumplimiento del deber en la Fuerza Pública

«…como muchas veces a pasado, el cuerpo de la asesoría legal se lava las manos y deja solos a nosotros los policiitas (…) Jorge Ruiz López dice, Buenos días yo fui policía y me vi en esos aprietos, muchas veces Seguridad Pública te dejaba solo en aquellos tiempos (…) el licenciado Luis Bonilla Guzmán nos dice, tiene razón, de ser cierto eso, no es justo que los policías paguen los platos rotos por una asesoría deficiente».

Me temo que, disparar desde una motocicleta en movimiento hacia un automóvil también movimiento (de cuyos ocupantes, no se sabe nada), a efecto de remendar los errores estructurales de un Puesto de Control de Carretera, podría llegar (esta conducta, luego de un tormentoso proceso disciplinario y judicial) a ser un acto que se asemeje y confunda con un suicidio laboral poco o nada justo; no obstante, muy real.

¡Claro…! sí se puede controlar exitosamente el tráfico vehicular. ¡Claro…! sí se puede perseguir a un vehículo sospechoso a alta velocidad. ¡Claro…! si se puede disparar hacia un sospechoso que viaja en un vehículo en movimiento o no. Todo se puede hacer en el tanto, tales actividades estén formalmente reguladas, estas sean efectuadas por personal policial debidamente entrenado y equipado y sobre todo, tales conductas deben ser proporcionales a las circunstancias que se enfrentan como amenaza.


«En materia policial, donde no hay control, tarde o temprano hay desgracia»


Ya es momento de que esos dolorosos procesos disciplinarios y judiciales, realmente consideren a otros actores, no menos importantes en el Arte de ser Policía, me refiero a los superiores jerárquicos en la cadena de mando; estos deberían responder objetivamente, por las conductas en que incurran sus colaboradores, agentes que con alguna probabilidad, únicamente aplicaron en su desempeño, aquello que les fue enseñado y ordenado por esa jerarquía.

Definitivamente, considero que los dos policías de tránsito, protagonistas de la persecución acá bajo discusión, esa tarde del miércoles 24, pudieron estar ayunos de muchas cualidades requeridas incluso para su supervivencia policial; no obstante, el valor, no fue una de estas. Perseguir un auto sospechoso, de toda forma es muy riesgoso, hacerlo en motocicleta, es abrumadoramente más riesgoso; acto que requiere de mucho coraje y disposición hacia el cumplimiento del deber.

El anterior, un aporte repleto de respeto y admiración hacia nuestra Policía de Tránsito y, con especial dedicación a la Sección de Robo de Vehículos del OIJ, una especializada fuerza del Departamento de Investigaciones Criminales que hoy, por su altísimo desempeño y fuerte liderazgo en tan complicada materia, es un indiscutible ejemplo policial a seguir en tan respetada institución científica y más allá.