Redacción- Los servicios transfronterizos son aquellos prestados mediante Internet u otras plataformas digitales, adquiridas por parte de un consumidor final o un contribuyente del Impuesto al Valor Agregado (IVA), a un proveedor o intermediario no domiciliado en el país, para ser consumidos dentro del territorio nacional.

Guillermo Smith, presidente del Colegio de Contadores Públicos, explicó que esta resolución establece el procedimiento de registro y las obligaciones que deberán cumplir los proveedores de servicios digitales y/o intermediarios que se inscriban voluntariamente como contribuyentes del IVA.

También se incluyen los deberes que deben observar los emisores de tarjetas de débito y crédito en su calidad de perceptores del IVA cuando sus tarjetahabientes adquieran servicios digitales transfronterizos o bienes intangibles y los cancelen con sus tarjetas.


LEA TAMBIEN: Jafet Soto responde a quienes le dicen «Carelitro»: «Yo no tomo, tengo un problema cardíaco»


Tras una revisión la lista inicial de los servicios digitales sujetos a esteimpuesto se aplicará a:Airbnb, Apple+, Apple Music, Dropbox, Facebook, Facebk, Google, HBO, Itunes, Linkedin, Microsoft, NEtflix, Nintendo, Norton, Playstation, Riotgames, Sky, Spotify y Steamgames.

Por ejemplo:

  1. Si usted paga el paquete estándar de Netflix, que actualmente tiene un costo de $12.99, a partir del 1 de octubre verá en su estado de cuenta un cargo adicional de US$1.69 más por concepto de IVA (12.99 x 13%).
  2. Si paga el paquete plus de Dropbox que tiene un costo de $9.99, a partir del 1 de octubre se le adiciona $1.30 de más por mes, por el concepto del IVA.

Es importante recordar que el cobro del impuesto lo aplicarán los emisores de tarjetas de crédito y débito sobre las transacciones efectuadas por los consumidores.

Adelanto de Renta vence este mes 

Es importante tener presente que se aproxima la fecha para el pago del adelanto del Impuesto de Renta, que debe hacerse cada tres meses. Este adelanto se calcula con base en las ganancias de los años anteriores.

“El próximo 30 de setiembre vence el plazo para pagar el tercer pago parcial correspondiente al año 2020, mientras que el cuarto y último pago sería el 31 de diciembre próximo”, mencionó Smith.

Además, para el periodo fiscal 2020 que finaliza el 31 de diciembre; de acuerdo a la Ley 9635, la declaración de Impuesto a las Utilidades debe ser presentada y cancelada antes del 15 de marzo de 2021.