- Cartera se pone a disposición de la CGR tras denuncia por parte de un diputado
Redacción- El Ministerio de Educación Pública (MEP) sigue defendiendo la III Convención Colectiva entre sindicatos y esta cartera tras recibir fuertes críticas desde que se hiciera efectiva la firma este pasado viernes 16 de octubre.
Steven González, viceministro administrativo del MEP, reiteró que esta nueva convención no implica beneficios económicos para los funcionarios de esta cartera, pese a que en esta se estableciera, no hacer un reintegro de dinero que se depositó por error a algunos trabajadores.
«La Convención Colectiva que recién ha sido suscrita con los sindicatos, es una convención que viene desde el 2013 y cuya constitucionalidad ha sido revisada dos veces por la Sala IV. Para esta versión 2020, no se incluyeron nuevos beneficios económicos», indicó González en un vídeo enviado por el MEP a los medios.
AM Prensa consultó al MEP sobre el tema del reintegro, pero al cierre de esta nota no hubo respuesta alguna; se indicó que en pocas horas se haría llegar la información.
El MEP informó que un diputado de la Asamblea Legislativa presentó una denuncia contra la convención y que por ello, se pone a disposición de la Contraloría General de la República (CGR).
CONVENCIÓN
Además de lo indicado anteriormente respecto al reintegro de dineros depositados por error a funcionarios, la convención incluye estos otros acuerdos:
Un aproximado de 3 mil funcionarios del MEP tendrán los tres días laborales de Semana Santa libres y con goce de salario.
Así quedo estipulado en la firma de la III Convención Colectiva del MEP con distintas agrupaciones sindicales del sector educativo.
En conversación con AM Prensa, Steven González, viceministro administrativo de educación, explicó que este nuevo cambio va dirigido a los trabajadores del MEP de oficinas centrales.
«Son todos los empleados del ministerio de centros educativos y demás, pero ahora se estandariza a oficinas centrales», explicó González a este medio.
Estas personas gozarán de salario durante esos tres días, al igual que el resto de funcionarios del MEP como docentes o demás trabajadores en centros educativos.
Otro cambio importante tiene que ver con la implementación de una licencia para que los trabajadores se ausenten por tres días en caso de fallecimiento de un abuelo o abuela.
Esta es la única licencia por muerte incluida dentro de una convención, las otras en caso de que fallezca un hijo, padre o madre, se encuentran dentro de la Ley de Carrera Docente.
Los tres días otorgados por vacaciones se brindan ante el cierre de centros educativos y otras áreas durante la Semana Santa, la idea es no incurrir en gastos adicionales, explicó González.
Sobre el otorgamiento de tres días hábiles por muerte de los abuelos, el viceministro administrativo indicó que se da como un premio al trabajo docente y a la importancia que tiene en sus familias, las personas adultas mayores. Este último beneficio se implementó tras la solicitud sindical, añadió González.
OTRAS NEGOCIACIONES
En el documento de la III Convención Colectiva también se indica la inversión en actividades deportivas, culturales y artísticas por un mínimo de 1200 millones de colones.
Pese a la crisis que enfrenta el país, el MEP considera necesario invertir en estas áreas.
«El MEP destinará a nivel presupuestario y de forma anual, un mínimo de mil doscientos millones de colones (1.200.000.000,00)», se indica en el acuerdo firmado.
La ministra de Trabajo, Geannina Dinarte, confirmó este pasado viernes 16 de octubre, la firma de la III Convención MEP, luego de ocho meses de negociación, en el que, aseguró, imperó un diálogo bilateral entre las partes.
Pese a los cuestionamientos, Dinarte dijo que la entrada en vigencia no significará ningún costo adicional para la Administración Pública, más allá de lo que ya está autorizado en la Ley del Presupuesto Nacional.
Presidencia, APSE, ANDE, SEC, Sitracome y el MEP, participaron de esta nueva negociación.
Según información colgada en el sitio web del MEP, la convención colectiva tiene carácter de Ley Profesional y rige las condiciones de trabajo en la institución.
Comprende y ampara a todas las personas trabajadoras activas presentes y futuras, de las categorías: docente, administrativo-docente, técnico-docente y administrativo.
Tiene carácter vinculante para las partes y tiene como objetivo, establecer y regular las relaciones laborales entre el MEP y su personal activo en las categorías antes indicadas.