• Beneficios son múltiples
  • Los pasos son sencillos y rápidos

Redacción – Los beneficios de registrar su negocio como una Pyme, ante el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC); son múltiples. Es por eso que los interesados tienen tiempo hasta el 1 de diciembre para poder disfrutar de las ventajas específicas.

El registro continúa abierto después de esa fecha, pero ese es el límite para que el negocio PYME pueda tener la exoneración del Impuesto a las Personas Jurídicas que aplica cada 1 de enero.

Como parte de las acciones simplificación, este trámite se realiza desde agosto por medio de una declaración jurada, por lo que no es necesario adjuntar los documentos que actualmente se solicitan en el sistema, como son la última declaración de renta y el recibo del pago de la póliza de riesgos de trabajo.

Una vez que el usuario suba la información al sistema, seanalizada en cinco días hábiles. Si la documentación está completa, el sistema remitirá un correo electrónico indicando que su solicitud ha recibido su trámite.

Si se presenta algún inconveniente en la inscripción, tendrá 10 días hábiles adicionales para corregir.


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La excepción se realiza según la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas, que beneficia con la exoneración del impuesto a los contribuyentes de actividades clasificadas como micro y pequeñas empresas e inscritas ante el MEIC y la Dirección General de Tributación.

También aplica para los pequeños y medianos productores agropecuarios registrados en el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) y que estén debidamente inscritos como contribuyentes ante Tributación.

Beneficios del Registro Pyme según la Ley de Fortalecimiento a las Pymes

  •  Participación como proveedor pymes del Estado.
  • Financiamiento, avales y garantías por medio del Fodemipyme del Banco Popular.
  • Acceso a fondos no reembolsables para innovación con el MICITT
  • Servicios de desarrollo empresarial como: charlas, capacitaciones, talleres, entre otros.
  • Ferias empresariales y encuentros de negocios.
  • Tarifa preferencial en la revalidación anual de empresas ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos.
  • Tarifa diferenciada de $5 a gestores de residuos, micro y pequeñas.
  • Tarifas preferenciales: PYMExpress y Exportafácil.
  • Financiamiento del Sistema de Banca para el Desarrollo, INDER y otras entidades.
  • Exoneración impuesto personas jurídicas: micro y pequeñas empresas.
  • Exoneración IVA alquiler micro y pequeñas empresas, monto menor a ₡669,000
  • Pago escalonado para patronos ante CCSS para nuevas microempresas hasta 5 empleados.
  • Permiso sanitario de funcionamiento microempresas: tarifa única de $20.
  • Tarifa preferencial en registros sanitarios para microempresas (20% de la tarifa vigente).
  • Período de gracia (no pago) primeros tres años para la certificación de drones ante la Dirección General de Aviación Civil.
  • Exoneración escalonada para la micro y pequeña empresa en el pago del impuesto sobre la renta, primeros tres años de operaciones.

 Pasos para el registro

  •  Regístrese como usuario en: https://www.siec.go.cr/DIGEPYME/login.jsp y descargue el formulario.
  • En el proceso, el sistema le pedirá adjuntar los comprobantes de los requisitos adicionales, para lo cual deberá incluir un documento en blanco; de lo contrario, no podrá continuar el proceso.

 Si la pyme requiera una renovación del registro, debe realizar el mismo proceso y si cuenta con firma digital, puede hacerlo en MEIC Directo: https://meicdirecto.bccr.fi.cr/sitio/MEICDirecto/Inicio.

En el caso de las constancias pyme, solicita por medio de correo electrónico: siec@meic.go.cr y una vez solicitada, el MEIC tiene tres días para el respectivo envío digital.

Para consultas puede escribir a siec@meic.go.cr o llamar al 2549 1400 ext 100, 110 o de la 141 a la 145.