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Madre denuncia que colegio bajó puntos a su hija por no encender cámara en clases

Sala IV rechazó amparo contra centro educativo

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Foto con fines ilustrativos.
  • El alegato se presentó en una institución en Heredia

Redacción- Una madre presentó un recurso de amparo ante la Sala Constitucional en contra de un colegio privado en Heredia, al alegar que obligaban a su hija a encender la cámara durante las clases a distancia.

El mismo no procedió, pues la Sala Constitucional, mediante resolución del 20 de noviembre, rechazó el recurso.

Según la madre de la joven de 14 años, como parte del reglamento emitido por el centro de estudio, se indicó la obligatoriedad de cumplir con la directriz.

Indicó que su hija no debía seguir la medida, pues estaba en su derecho de no hacerlo por un tema de respeto a su imagen y privacidad.

Además, señaló que por incumplir con el reglamento, a su hija se le rebajaron puntos en su nota de conducta.

«Advierte la recurrente que su reclamo atinente a que la disposición tomada por el colegio recurrido invade la privacidad de su hogar escapa del ámbito de competencia de este Tribunal Constitucional», señaló la Sala IV en la resolución al caso.


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Sin embargo, la Sala concluyó que la estudiante pudo haber buscado otro espacio dentro de su hogar que no implicara alguna violación a su privacidad.

«La alegada invasión a la privacidad puede ser remediada por la propia recurrente colocando el dispositivo correspondiente en un lugar adecuado», indicó la Sala IV.

La Sala añadió que no hubo prueba alguna de que a la estudiante se le bajaran puntos en su nota por no encender su cámara durante las lecciones.

Además, indicó que no es de su correspondencia determinar si la nota obtenida tuvo que ver con el que su hija no encendiera la cámara.

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