- Comerciantes deben tener aval de SINAC para extracción de musgo
Redacción- De 5 a 10 salarios bases, que alcanzaría hasta los 4 millones de colones, le podría costar una multa si usted decide comercializar lana para portales no autorizada por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).
Así lo ha recordado la entidad al informar sobre una serie de operativos que comenzará a realizar en esta época navideña, con el fin de evitar la venta de lana «blanca», no autorizada para extracción.
«Se trata de informar a la población sobre los impactos que ocasiona al bosque el uso indiscriminado de líquenes, musgos, bromelias y helechos, porque ayudan a la absorción de los contaminantes del aire y que, en muchos casos, son extraídos directamente de los ecosistemas de forma no sustentable», dijo Juan Carlos Villegas Arguedas, Jefe del Departamento de Prevención, Protección y Control del SINAC.
Según la «Ley de Conservación de la Vida Silvestre», se establecen fuertes sanciones con multas equivalentes al valor de cinco a diez salarios mínimos y al decomiso de los productos, sin perjuicio de la acción penal correspondiente, en caso de realizar esta práctica.
Durante ésta época se incrementa el uso de musgo y lana para la confección del tradicional portal navideño, por lo que la entidad busca hacer conciencia sobre la importancia de conservar este musgo y de reutilizarlo.
Las autoridades recordaron cuál es la única lana que puede extraerse para comercialización.
“La única lana autorizada por el SINAC para ser comercializada, es la de potrero y se caracteriza por su color verde; no así la de color blanco que está completamente prohibida su extracción”, indicó Rafael Gutiérrez Rojas, Director Ejecutivo del SINAC.
Este tipo de planta desempeña un importante rol en los ecosistemas, principalmente en la captación de agua gracias a su capacidad de absorción de hasta 20 veces su peso, posteriormente en tiempo de secas liberan el líquido captado.
Las personas que estén interesadas en comercializar lana verde deberán acudir a las Oficinas Regionales, con el fin de adquirir el respectivo permiso.
Para obtener el permiso, el productor debe presentar ante las autoridades ambientales el plano catastrado de la propiedad donde se va a extraer la lana, certificación de la propiedad, vialidad ambiental del Setena y la visita de inspectores al sitio.
Anualmente se aprueban en promedio 15 resoluciones de extracción en fincas privadas. Es prohibido la extracción en Áreas Silvestres Protegidas.