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Defensoría pide dejar sin efecto propuesta que incrementa en un 9,87% el precio del arroz

Propuesta en el precio del arroz con calidad 80/20, pasaría de ¢612,30 a ¢672,72 por kilogramo

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Imagen Ilustrativa

Redacción- En el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), hay una propuesta de reforma al Decreto Ejecutivo N° 38884-MEIC del 24 de febrero de 2015, que pretende incrementar en un 9,87% el precio de arroz pilado al consumidor de la calidad 80/20, al pasar éste de ¢612,30 a ¢672,72 por kilogramo.

Por ello, la Defensoría de los Habitantes presentó su oposición formal ante este incremento y pide dejarlo sin efecto.

El MEIC dio a conocer actualización modelo de costos de industrialización del arroz; y  la Defensoría realizó una serie de objeciones, ya que en el borrador del Decreto se exponen conclusiones y enunciados para justificar el incremento pretendido en el precio; sin embargo, en dicho texto no se presenta una base técnica, científica ni jurídica que respalde dichos enunciados.

Además, la Defensoría señala que la información contenida  es muy escueta y no permite ningún tipo de análisis. Sólo se presentan cuadros resumen para el costo de la materia prima, costo variable, y costo financiero en un único momento en el tiempo, sin, la inclusión del detalle de la valoración de la estructura de costos industriales.

 Considera la Defensoría que, para una valoración objetiva de la propuesta, el MEIC debía incluir entre los documentos que ofrece en la consulta pública; la hoja de cálculo electrónica con el modelo operacional y los datos de costo y precio utilizados en la corrida del modelo, de tal forma que la persona interesada en pronunciarse sobre la propuesta, pueda verificar si se aplicó de forma fehaciente la metodología vigente, y cuente con la información utilizada en su aplicación (corrida del modelo).

En ese sentido, tal como está planteada la propuesta, lo que surge de inmediato es una gran incertidumbre en cuanto a su formulación.

“El hecho de que la población no cuente con toda la información necesaria para la valoración de la propuesta, no le permite analizar si se han aplicado cambios discrecionales en la estructura operacional del modelo de costos, ni tampoco poder valorar la idoneidad de los datos utilizados en el modelo de costos; estas omisiones menoscaban los principios de transparencia, seguridad jurídica, de rendición de cuentas y de participación ciudadana efectiva en la toma decisiones en la Administración Pública, simultáneamente se ocasiona un perjuicio al MEIC por la pérdida de credibilidad ante la opinión pública”, manifestó la Defensora de los Habitantes, Catalina Crespo Sancho.

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