• Lapso durante el que no se puede aplicar rebajas salariales

Redacción- El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) le recuerda a todos los patronos que se encuentran en la obligación de brindar el permiso y tiempo necesario para que cada uno de sus trabajadores vaya a ejercer el voto en la segunda ronda electoral.

Chance durante el cual no se le puede aplicar ninguna rebaja salarial al empleado, debido a se trata del derecho al sufragio.

Además de que así lo refuerzan tanto el Código de Trabajo en el artículo 69, inciso j, además del Código Electoral en el artículo 292.

Por lo que en caso de que algún jefe incumpla estas dispociones se expone a recibir las sanciones correspondientes en estos casos.

Otro recordatorio que hizo el TSE a falta de muy pocos días para la segunda ronda es que tampoco se avalan rebajas salariales a los trabajadores que se ausenten para colaborar como integrantes de mesa en cualquier junta receptora de voto.