• El precio local es un reflejo del precio internacional.

Redacción-Los costarricenses pronto pagarán el precio real de los combustibles que se compran en el mercado internacional de manera más precisa y no basado en estimaciones.

Después de muchos años, la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) por fin aprobó modificar la metodología para calcular las tarifas de combustibles.

Ahora se espera que la nueva forma de calcular el precio sean más precisos con los precios internacionales, ya que se basará en el precio final pagado por la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope), considerando aspectos de eficiencia y utiliza bandas tarifarias en algunos productos, buscando siempre beneficios para el consumidor final.

La Autoridad Reguladora señala que el precio local es un reflejo del precio internacional, y que no tiene el país injerencia al ser un producto importado terminado,

Dentro de las principales modificaciones se encuentran las siguientes:

  • Utilizarán los estudios tarifarios para determinar el precio internacional por litro del combustible, para que el consumidor final pague un monto más preciso y sistemático, el combustible con precio del mercado internacional de manera oportuna y estable.
  • Cobrarán lo pagado en los precios de importación que incluye precio del producto con las respectivas primas o descuentos, flete de transporte internacional, seguro de transporte internacional, margen de comercialización del proveedor (trader). El costo de adquisición refleja de mejor manera la transacción realizada en el proceso de compra.
  • La metodología incorpora criterios específicos que promuevan la eficiencia en la prestación del servicio público, de suministro de combustibles.
  • Para hologar las tarifas, utilizarán el modelo Weighted Average Cost of Capital (WACC), para calcular la tasa de rédito para el desarrollo de Recope, porque es el método utilizado internacionalmente.
  • Se cambia de litros a kilogramos como base tarifaria para el Gas Licuado de Petróleo (GLP), el búnker, el asfalto y las emulsiones asfálticas, para ser más transparentes en la transacción comercial, en la medición y facturación.

La metodología establece que la Intendencia de Energía tiene 30 días naturales para iniciar la primera fijación de carácter ordinario para modificar las variables necesarias, para su aplicación.