- Gobierno brindará facilidades de pago en modalidades como abonos mensuales y trimestrales.
Redacción-Los vecinos de Santa Ana tienen la obligación construir aceras frente a sus propiedades, según lo establecido el artículo 84, inciso d) del Código Municipal.
Lo anterior porque las autoridades del Gobierno Local de Santa Ana aprobaron el Reglamento a la Ley de Movilidad Peatonal, el cual entró a regir a partir del 15 de febrero de 2023, tras su publicación en el Diario Oficial La Gaceta Nº28.
En esta misma reglamentación se dan a conocer los diseños, medidas y lineamientos que
deben usarse para la construcción de aceras, rampas, pasos peatonales, colocación de
canoas, bajantes, aleros, mobiliario urbano, entre otros.
Se establece que el Subproceso de Control Urbano del Gobierno Local de Santa Ana es el encargado de realizar inspecciones periódicas con el fin de verificar el estado y girar las notificaciones correspondientes al mantenimiento, rehabilitación y construcción de aceras, las cuales tendrán un plazo de 15 días hábiles para el inicio de los trabajos.
El Reglamento también faculta a que el Gobierno Local realice la construcción de las aceras en los siguientes casos: cuando se incumpla una notificación, el mal estado o inexistencia ponga en peligro la seguridad e integridad de los peatones, o cuando forme parte del Plan Cantonal de Movilidad Sostenible.
Así mismo, a trasladar el costo a la persona dueña de la propiedad; quien una vez realizada la obra tendrá un plazo de 8 días hábiles para realizar el reembolso a la institución.
Se determinó que el precio del metro cuadrado será establecido por acuerdo municipal con base en un estudio técnico que considerará los costos y la metodología para establecerlos.
Se brindarán facilidades de pago en modalidades como abonos mensuales y trimestrales en un plazo máximo de 24 meses. Y el impago del reembolso genera multa de un 50% del valor de la obra.
Así mismo, el Reglamento establece que el Gobierno Local de Santa Ana brindará el servicio de mantenimiento y rehabilitación de aceras cuyo deterioro no supere el 40% de la totalidad del área, y por dicho servicio se establecerá una tasa que se cobrará entre todos los contribuyentes proporcionalmente según el valor de la propiedad.
Para más información pueden acceder al Reglamento mediante el siguiente enlace:
https://www.santaana.go.cr/gobierno-local-de-santa-ana-aprobo-el-reglamento-a-la-ley-de-movilidad-peatonal/