- Turistas ya empezaron a cancelar después del anuncio de la medida, según el sector
Redacción – El sector turismo interpuso una medida cautelar en contra del Estado por la obligatoriedad del código QR para ingresar a comercios y actividades a partir del 8 de enero.
La solicitud formal fue presentada ante el Segundo Circuito Judicial de San José con el objetivo de una intervención oficial para frenar, hasta pasada la Semana Santa, la verificación de la vacuna por medio del QR para mitigar el efecto negativo al sector.
El empresario turístico, Bary Roberts, resaltó que esta próxima temporada alta era una luz al final del túnel por la crisis que ha vivido el turismo con la pandemia, pero ahora están preocupados por lo que se viene.
«Se está haciendo un daño al sector muy serio. Es una medida ‘provisionalísima’ para que se suspenda de inmediato, para que pueda dejar de tener efecto. No hace separación en términos de si es para turistas o nacionales, es suspenderlo completamente», indicó Roberts.
En el escrito de 53 páginas, el sector menciona diversos casos de pérdidas ya percibidas. Por ejemplo, solo cinco empresas han perdido $3 millones por cancelaciones desde el anuncio de la medida.
A finales de octubre, Roberts informó que estiman la pérdida de $143 millones al mes en los servicios y comercios turísticos.
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Su objetivo es que la medida obligatoria del código QR llegue hasta después de Semana Santa, una vez pasados los meses de mayor demanda en las actividades relacionadas al turismo.
Obligatoriedad del QR en Costa Rica
Balnearios, hoteles, actividades turísticas, restaurantes, bares, casinos, tiendas y muchos otros comercios deberán solicitar el código QR para verificar el esquema completo de vacunación contra el Covid-19.
El código se requerirá, de forma obligatoria, a partir del 8 de enero; sin embargo, del 1° de diciembre al 7 de enero habrá un período de transición: los comercios pueden elegir si optan por el 100% del aforo solicitando el código QR o el 50% del aforo sin solicitarlo.
Si bien el esquema completo no es requisito para ingresar a suelo costarricense, sí lo será para asistir a bodas o eventos en salones, conciertos, partidos, compras, restaurantes, discotecas y otros.