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Comercios que incumplan órdenes sanitarias pagarán 2,2 millones de colones

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La aprobación se dio en segundo debate. AMPrensa.com.

Redacción.   Los congresistas aprobaron esta mañana con 46 votos a favor y uno en contra, una reforma a la Ley General de Salud que aplica una multa a todos aquellos establecimientos comerciales que violen las órdenes sanitarias de hasta 2,2 millones de colones. 

Se impone como multa más alta cinco salarios base (2,2 millones de colones) a la persona que pese a ya poseer diagnóstico positivo viole su medida.

Se dejó en tres salarios base (1,3 millones de colones) a quienes con orden sanitaria de aislamiento por ser sospecha de tener la enfermedad y viole la medida.

También, se fija en un salario base (450 mil colones) la multa a quienes violen una orden de aislamiento pese a tener factor de riesgo.

Las multas deberán cancelarse en los bancos del Sistema Bancario Nacional mediante entero a favor del Gobierno de la República, según el procedimiento que defina el Ministerio de Hacienda para estos efectos

Las sanciones establecidas en el artículo 378 de la presente ley serán aplicadas por la autoridad de salud. Para dichos efectos, deberá notificarse al infractor mediante un informe sanitario, otorgándole un plazo de veinte días hábiles para proceder al pago de la multa.


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Contra el informe sanitario cabrá el recurso de apelación ante el Ministro de Salud, en el plazo tres días hábiles siguientes a la notificación del mismo.

El recurso deberá ser tramitado dentro del plazo máximo de tres días hábiles y lo resuelto deberá notificarse a través de los medios electrónicos que se habiliten para dichos efectos.

El Ministerio de Salud deberá poner en conocimiento de la Fiscalía General de la República el incumplimiento de las medidas sanitarias impuestas por la autoridad competente, a efectos de determinar si el hecho constituye un delito.

 

 

 

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