Redacción. ¿Está desempleado o le redujeron su salario y no puede pagar la luz? Los afiliados a la Cámara de Empresas de Distribución de Energía y Telecomunicaciones acordaron medidas de alivio en cuanto al pago de la factura mensual de las familias, el comercio y la industria afectados económicamente a consecuencia de la emergencia sanitaria por el Covid-19.
Las medidas de ayuda consisten en arreglos de pago con las empresas distribuidoras para aquellos usuarios residenciales, comerciales e industriales que demuestren su imposibilidad de cancelar el recibo de electricidad, porque perdieron el empleo, sufrieron una disminución en su jornada laboral, el negocio bajó considerablemente sus ingresos o tuvieron que cerrar su operación.
El arreglo de pago no aplica automáticamente sino que debe solicitarse y ser aprobado por la distribuidora eléctrica, para lo cual cada empresa pondrá a disposición de sus usuarios, plataformas virtuales y centros de llamadas para la atención ágil y oportuna de cada solicitud.
Por esa vía se indicarán los requisitos a completar por los interesados, según sea el caso, como podrían ser cartas de despido, acuerdo de reducción de jornada, certificación de contador público, entre otros.
“En este momentos de crisis por Covid-19 debemos analizar con sensatez las consecuencias de cada una de las decisiones que tomamos. Necesariamente requerimos buscar el equilibrio que ayude a las familias y a los empresarios a mitigar la afectación sufrida, pero también que le permita a los proveedores de la electricidad contar con los recursos para garantizar la continuidad de un servicio básico para todos.”, explicó Erick Rojas, Vicepresidente de CEDET.
Desde que comenzó la crisis por la pandemia del Covid 19 varias empresas distribuidoras establecieron medidas inmediatas para mitigar el efecto negativo que le generó a muchos de sus usuarios.
En el caso de Coopelesca R.L y Coopeguanacaste R.L establecieron la posibilidad de que los afectados puedan gestionar la cancelación de solo el 50% de su factura eléctrica de los meses de marzo, abril y mayo y pagar el restante 50% de julio a diciembre del 2020.
¿Dónde puede solicitar su arreglo de pago?
Distribuidora de electricidad | Formas para solicitar arreglo de pago |
COOPELESCA R.L. |
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COOPESANTOS R.L. |
*Si alquila casa o comercio debe presentar una carta de autorización del propietario. |
COOPEALFARORUIZ R.L. |
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COOPEGUANACASTE R.L. |
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ESPH |
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JASEC |
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