- El nuevo formato se debe utilizar a partir del 1° de agosto
- Puede ser en físico o en digital
Redacción – Los trabajadores que deben circular en vehículo durante la restricción sanitaria, deben solicitar una nueva carta a su patrono para utilizarla a partir del 1° de agosto y hasta por dos meses.
Los colaboradores pueden portar la carta en físico o en digital, ambos formatos deberán ser aceptados por el oficial de tránsito mientras cumpla con lo establecido.
Además, es obligatorio que presenten el carné institucional o empresarial, adicional a la carta.
Para descargar la planilla de la carta, haga click a este documento: Formato carta restricción
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Trabajadores independientes
En el caso de las personas trabajadoras independientes, deberán portar y presentar un documento físico o digital de respaldo sobre sus labores o la actividad ejercida que justifique su movilización en alguna de las franjas horarias que están establecidas como restringidas.
De viajar sin los permisos laborales respectivos, las autoridades pueden quitarle las placas y multarlo por ¢110 mil.
Estas disposiciones se establecen de acuerdo al decreto 42485-MOPT-S, el cual reforma los decretos ejecutivos anteriores.