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Fin de semana largo del Día de la Madre tendrá cierre total y amplia restricción vehicular

En zonas con alerta naranja

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  • Servicio de comida solo puede ser exprés o para llevar
  • Solo podrán circular dos placas por día entre semana

Redacción – El fin de semana del Día de la Madre será «largo» por la ley que pasa algunos feriados de fin de semana para el lunes. En el caso de esta celebración, habrá diferentes restricciones en las zonas con alerta naranja.

17 zonas en alerta naranja bajaron a amarilla, pero el resto continúa igual. En la fase de cierre, gran cantidad de comercios deberán permanecer cerrados.

La fase de cierre será del 10 al 21 de agosto.

Si usted requiere hacer compras -que no son de necesidad básica, como la comida o bebidas- para festejar con su burbuja social en este día especial, deberá hacerlo del 1 al 9 de agosto.


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A diferencia de lal Día del Padre, esta vez sí se anunciaron las restricciones a tiempo para que los comerciantes tomen las medidas necesarias y evitar pérdidas, como sucedió con esa festividad de junio.

No obstante, los comercios cerrados igual se verán afectados en la parte económica, especialmente los restaurantes.

Restricción vehicular

La fase de reapertura tendrá restricción vehicular ampliada, la cual será invertida a la que se ha trabajado estas últimas dos semanas, es decir, solo podrán circular dos placas por día entre semana.

Para el sábado 15 y domingo 16 de agosto, podrán circular solo las pares e impares, respectivamente.

Para el lunes 17, día feriado, solo podrán circular dos por día. Los tres días será en horario de 5:00 de la mañana a 5:00 de la tarde.

¿Qué se puede hacer en alerta naranja del 10 al 21 de agosto en zonas con ALERTA NARANJA?

Los establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento de atención al público en zonas en alerta naranja, salvo lista de excepciones, tienen cierre total.

Está habilitada la modalidad de servicio a domicilio y autoservicio (permaneciendo siempre dentro del vehículo). El retiro para llevar solo para compra de comida.

Detalle completo de establecimientos y espacios habilitados en fase de cierre todos los días

*Atención al público con ocupación al 50%

  1. Servicios a domicilio, retiro de comida y autoservicio al público (dentro del vehículo)
  2. Las instituciones públicas y municipios
  3. Correos de Costa Rica para la recepción y entrega de paquetería
  4. Sucursales de mensajería y envíos de paquetería
  5. Los establecimientos de salud públicos y privados, clínicas veterinarias y droguerías.
  6. Servicios de salud en unidades móviles
  7. Servicios comunitarios de recolección de residuos.
  8. Supermercados, abastecedores, etc. para venta de comida, limpieza e higiene
  9. Panaderías, carnicerías y verdulerías
  10. Ferias del agricultor al 50%, con franja diferenciada para adultos mayores de las 5:00 horas a las 8:30 horas.
  11. Comercios de insumos agropecuarios, veterinarios y alimentos para animales
  12. Comercios de productos agrícolas, pecuarios, pesca y acuicultura, floristerías, mercados
  13. Ferreterías, ventas de materiales de construcción, cerrajerías, vidrieras
  14. Alquiler de vehículos “rent a car”.
  15. Riteve
  16. Reparación (talleres mecánicos) y venta de repuestos para vehículos, motores en general, talleres de bicicletas, equipo agrícola, maquinaria y equipo pesado e industriales
  17. Lubricentros
  18. Lavacar y abastecimiento de combustibles.
  19. Suministros de higiene y lavanderías
  20. Servicios bancarios y financieros públicos o privados
  21. La venta de loterías y productos de azar debidamente autorizados por la JPS
  22. Funerarias y/o capillas de velación
  23. Guarderías públicas, privadas o mixtas tuteladas por el CAI o el MEP
  24. Centros de atención de personas en vulnerabilidad, públicos y privados.
  25. Hoteles, cabinas o establecimientos de alojamiento
  26. Centros con piscinas de aguas termales
  27. Turismo aventura, con utilización obligatoria de mascarilla o careta mientras se coloca y se retira el equipo de seguridad para realizar la actividad, y respetando las burbujas sociales.
  28. Playas y lagos de lunes a domingo de las 5:00 horas a las 09:30 horas, con medidas de distanciamiento de 1.8 metros respetando las burbujas sociales. Este acceso incluye las actividades deportivas sin contacto.
  29. Moteles
  30. Parqueos públicos.
  31. Actividades a puerta cerrada sin público en teatros, iglesias, municipalidades con sus sesiones de concejo municipal, consejos de distrito, reunión de comisiones y demás reuniones municipales, así como cualquier otro espacio cerrado para el desarrollo de transmisiones virtuales
  32. Actividades de agentes dedicados a la venta de animales vivos (subastas ganaderas)
  33. Polígonos de tiro
  34. Escuelas de natación
  35. Parques nacionales, según la lista que publique el MINAE
  36. Todos aquellos otros establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento que no brinden atención al público presencial

 

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