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¿A qué se exponen las sociedades si no presentan el registro de accionistas antes del 30 de abril?

Se expone a una sanción económica y no podrá emitir personerías jurídicas de su sociedad

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Redacción- Más de 337 mil sociedades, deberán presentar la actualización anual del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales.

El Registro de Accionistas, debe llevarse a cabo ante el Banco Central de Costa Rica, antes del próximo 30 de abril.

En caso de no cumplir con esta obligación, las sociedades se exponen a sanciones que van desde el cobro de 3 salarios base (¢1.400.000), el 2% de la cifra de los ingresos brutos de la persona jurídica o estructura jurídica e incluso multas hasta de 100 salarios base equivalente a 46 millones de colones aproximadamente.

Si usted no presenta la declaración, se expone a una sanción económica y no podrá emitir personerías jurídicas de su sociedad.

“Desde Grupo Camacho Internacional, instamos a los contribuyentes a procurar asesorarse de profesionales que, más allá del mero llenado de la declaración, puedan hacer un diagnóstico fiscal de la situación. Que vean de manera integral que, el vencimiento venidero no es un deber más, sino un deber que impulsa la oportunidad de mitigación de los riesgos tributarios con los que ha vivido el contribuyente hasta hoy. Frente a estos cambios combinados y no aislados, se puedan tomar decisiones con sensatez y no con ligereza“, manifesto su Presidente Carlos Camacho.

Son obligadas a cumplir este requerimiento

Personas jurídicas

 

Representante legal
Sociedades Anónimas Presidente
Sociedades de Responsabilidad Limitada Gerente o subgerente
Sociedad en Nombre Colectivo Administrador
Sociedad en Comandita Gerente

 

Sucursales de Sociedades Extranjeras

 

 

Apoderado generalísimo

 

 

Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada

 

Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada

Sociedades Civiles Sociedades Civiles

 

¿A qué me expongo?

Quienes no realicen la declaración serán notificados al día siguiente de vencido el plazo para la presentación y podrían tener dos tipos de sanciones.

Sanción económica es una multa proporcional al 2% de la cifra de los ingresos brutos de la persona jurídica o estructura jurídica, en el período del impuesto sobre las utilidades, anterior a aquel en que se produjo la infracción, con un mínimo de tres salarios base y un máximo de cien salarios base.

Otros tipos de sanción: El Registro Nacional no podrá emitir certificaciones de personería jurídica o inscribir documentos a favor de los sujetos obligados que se encuentren en la lista de incumplidores, salvo para el caso de inscripción de responsables del suministro de la información.

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