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Condenan a alcaldesa por expulsar de su cantón a tres personas en condición de calle

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  • Habitantes de calle iban a buscar trabajo cogiendo café 
  • Se violentó libertad de tránsito y dignidad de las personas 

Redacción- La alcaldesa de Tarrazú, Ana Lorena Rovira, fue condenada por la Sala Constitucional por expulsar del cantón a tres habitantes de la calle sin razón valida alguna.

La condena se dio luego de que se presentara un recurso de habeas corpus presentando a favor de las tres personas, quienes, sin motivo razonable alguno, fueron sacadas del cantón por Rovira, la Policía de Tránsito y de la Fuerza Pública.

Junto con la alcaldesa también se condenó a Evelio Quirós Angulo, jefe de la Delegación Policial de San Marcos de Tarrazú; y a Carlos Arias Fernández, jefe de Destacamento de la Policía de Tránsito de Los Santos de Cartago.

A todos ellos se les condenó a abstenerse de incurrir en el futuro en hechos iguales o similares a los que dieron lugar a la estimación del recurso.

Los hechos de la condena se remontan al pasado 9 de julio, cuando los amparados llegaron al cantón para buscar trabajo cogiendo café, pero la cosecha iniciaba en octubre.

Ante esa situación, Rovira le compró tiquetes de bus a las tres personas y los envió de regresó a San José.

Para garantizar la salida del cantón de los habitantes de calle, Rovira coordinó con la Fuerza Pública y la Policía de Tránsito para que escoltaran el autobús hasta el sector de El Empalme.

Como si no fuera poco, la alcaldesa colocó una cinta amarilla para separar a los tulelados del resto de pasajeros, pese a que ninguno tenía síntomas de covid-19 o algún otro malestar de salud.

De acuerdo con la sentencia, el Tribunal concluyó que el accionar de los recurridos fue desproporcionado y lesionó la libertad de tránsito y la dignidad de las personas.

La Sala IV afirmó que «no se encuentra razón que justificara que las autoridades de tránsito y las de la fuerza pública desplegaran un operativo para asegurarse la salida de estas personas del territorio del cantón».

También, informó que «no había motivo alguno para tomar esta medida que tuvo como efecto segregar a los tutelados y, por ello, fue un acto de marginación, lesivo de la dignidad humana”.

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