Imagen con fines ilustrativos.
  • Ningún empleado se puede ver en la obligación, únicamente si hay un acuerdo con el jefe. 

Redacción – Las personas que laboren este próximo lunes 1° de mayo deberán recibir pago doble por trabajar un día que es feriado de pago obligatorio.

Esto debido a la conmemoración del Día Internacional del Trabajo, celebración que en Costa Rica es de pago obligatorio, según lo establece el artículo 148 del Código de Trabajo.

Aspecto por el cual todas las personas trabajadoras tienen derecho a disfrutar del feriado, situación por la cual no pueden ser obligados a laborar.

Con respecto al pago de trabajar este día, los centros de trabajo que cancelan semanalmente (en actividad no comercial) es decir, que reconocen el salario sólo el tiempo efectivamente laborado, deben pagar los días trabajados durante esa semana y agregar un salario sencillo por el día feriado.

Esto quiere decir que si una persona trabaja el próximo lunes deberá recibir pago doble por laborar ese día.

Las empresas cuya modalidad de pago es mensual, quincenal o semanal en actividad comercial, reconocen el salario de todos los días del mes, aunque sean descansos semanales o feriados.

Situación por la cual deben cancelar el salario completo de la semana, quincena o del mes, incluyendo el feriado. Si trabajan ese día, deben agregar el salario de un día sencillo para cumplir con el pago doble que establece la ley.

Otro punto importante es que en caso de trabajar horas extra, se deben pagar a tiempo y medio doble, es decir, pago triple.