Agremiados a sindicatos de la salud en huelga nacional
  • Fue calificada en primera instancia el 1° de octubre

Redacción – El Tribunal de Apelaciones de Trabajo I Circuito Judicial de San José ratificó, en segunda instancia, que la huelga -y los movimientos- de los sindicatos de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) es ilegal.

Esto porque los servicios de salud se consideran como esenciales, según lo establece el Código de Trabajo, para atender las necesidades de los costarricenses y, las ausencias de personal, afectó el desarrollo normal de las funciones de la CCSS.

Además, las autoridades no podrán realizar rebajos de los salarios de forma retroactiva.

«La aplicación de sanciones disciplinarias y rebajos salariales de conformidad con el ordinal 379 y 385 del Código de Trabajo no podrán realizarse de forma retroactiva, únicamente a futuro y a partir de la firmeza de esta sentencia, una vez operado el aviso de 24 horas previsto por la legislación procesal para efectos de concertar el reinicio de las actividades, en caso de que algún trabajador no se hubiera reintegrado aún”, dice el documento.

Este fallo llega luego de la calificación del 1° de octubre, donde se declaró ilegal la huelga en primera instancia, mismo que fue apelado por los sindicatos del sector salud.