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  • Segundo debate será el próximo domingo 21 de marzo

Redacción – Con 47 votos a favor y ninguno en contra se aprobó esta noche, luego de un arduo trabajo, el proyecto de ley para reducir las jornadas laborales ante la emergencia nacional.

Eso permitirá preservar el empleo de las personas trabajadoras cuando los ingresos brutos de las empresas se vean afectados en razón de una declaratoria de emergencia nacional, todo de conformidad con la Ley No. 8488 del 22 de noviembre de 2005, Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo.

Para los efectos de esta ley, se entenderá como afectación en los ingresos brutos de la persona empleadora, cuando los mismos se vean reducidos como consecuencia inequívoca del suceso provocador de la declaratoria de emergencia nacional, en al menos un 20% con relación al mismo mes del año anterior.

En caso de empresas con menos de un año de fundación, deberán demostrar dicha reducción de sus ingresos brutos a partir del promedio de los últimos tres meses previos a la declaratoria de emergencia nacional.

En caso de que la persona empleadora no cumpla con los parámetros establecidos en el párrafo anterior pero sufra una afectación real a razón del suceso provocador, podrá presentar ante la Inspección de Trabajo la documentación que permita demostrar su afectación y así ser objeto de la autorización de la reducción de la jornada de trabajo.