• Un patrono en Estados Unidos debe emitir una solicitud para que usted trabaje en esa compañía

Redacción – Costa Rica es uno de los países donde sus ciudadanos pueden solicitar una visa temporal para trabajar en Estados Unidos. ¿Qué debe hacer?

Todos los años, la Embajada de Estados Unidos emite las visas H-2A y H-2B y este 2021 no es la excepción. Durante lo que queda del año, se emitirán estos documentos como parte de una extensión de las visas americanas ya existentes.

Estas visas se basan en peticiones, lo que significa que un empleador en Estados Unidos debe presentar una petición para el solicitante de la visa.

Visas H-2A

Estas visas permiten a patronos estadounidenses llevar ciudadanos extranjeros, en este caso costarricenses, a Estados Unidos para realizar trabajos agrícolas temporales. Los beneficiarios de H-2A pueden permanecer en los Estados Unidos hasta un máximo de tres años.

Para cualificar para la clasificación de no inmigrante H-2A, el peticionario debe:

  • Ofrecer un trabajo temporal o estacional.
  • Demostrar que no hay suficientes trabajadores estadounidenses para hacer el trabajo temporal.
  • Demostrar que los posibles empleados son nacionales de un país elegible a visas H-2A. (Costa Rica está dentro de la lista).
  • Demostrar que emplear trabajadores H-2A no afectará negativamente los salarios y las condiciones de trabajo de los trabajadores estadounidenses empleados de manera similar.
  • Presentar una certificación de condición laboral temporal válida del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos.

Si requiere más información, pueden ingresar a: Trabajadores Agrícolas Temporales H-2A.

Visas H-2B

Las de esta categoría son para trabajos temporales no agrícolas, como por ejemplo jardineros, trabajadores forestales, cortadores de carne y otros. Los trabajadores H-2B pueden permanecer en Estados Unidos hasta por tres años.

Para cualificar para la clasificación de no inmigrante H-2B, el peticionario debe demostrar que:

  • No hay suficientes trabajadores estadounidenses para hacer el trabajo temporal.
  • Los posibles empleados son nacionales de un país elegible para H-2B. (Costa Rica está dentro de la lista).
  • El empleo de los trabajadores H-2B no afectará negativamente los salarios y las condiciones de trabajo de los trabajadores estadounidenses.
  • Su necesidad de servicios o mano de obra del posible trabajador es temporal, independientemente de si el trabajo se puede describir como temporal.  La necesidad del empleador se considera temporal si es de:
    • Ocurrencia única.
    • Necesidad estacional.
    • Necesidad por carga máxima.
    • Necesidad intermitente.

Los peticionarios H-2B también deben proporcionar una certificación laboral temporal única válida de parte del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos.

Los detalles los puede encontrar en: Trabajadores Temporales No Agricultores H2-B.

¿Cómo solicitar la cita?

«A partir de hoy, a aquellas personas solicitantes de visa H-2A y H-2B que se les pidió programar una entrevista después presentar la solicitud por medio del proceso de exención de entrevistas, pueden elegir una fecha para una entrevista de seguimiento», informó la Embajada a AMPrensa.com.

Los oficiales consulares podrían determinar que una entrevista es necesaria. En ese caso, el pasaporte del solicitante será devuelto por medio de Correos de Costa Rica con las instrucciones para que el solicitante programe una entrevista.

Para las citas:

Paso 1: Pagar la tarifa de visa por cada solicitante.

Paso 2: Completar para cada solicitante el Formulario Electrónico de Solicitud de Visa Noinmigrante (DS-160) e imprimir la hoja de confirmación.

Paso 3: Ingresar al sistema de citas en línea y hacer click en «Nueva solicitud de Visa/Programar cita».

La siguiente información de cada solicitante es requerida:

  • El pasaporte del solicitante con el nombre completo, número de pasaporte, fecha de nacimiento, fecha de expiración y otra información importante contenida en la página biográfica del pasaporte.
  • El número de recibo de tarifa de solicitud de visa. Haga click aquí para asistencia para encontrar el número.
  • El código de confirmación que contiene 10 caracteres alfa-numéricos, el cual figura en la hoja de confirmación del Formulario DS-160.

Paso 4: Seleccionar Visa No Inmigrante y posteriormente Visas de Trabajo.

Paso 5: Seleccionar la categoría H2A o H2B y completar la información solicitada. Los solicitantes del grupo pueden ser incluidos como dependientes.

Paso 6: Imprima la carta de confirmación de cita y llévela a la sucursal de Correos de Costa Rica en el día indicado en esa carta de confirmación. Usted también deberá adjuntar la siguiente documentación:

  • Pasaporte vigente de cada solicitante.
  • En caso de que su visa actual o visa anterior haya sido emitida en otro pasaporte, incluya también ese pasaporte.
  • Hoja de confirmación del formulario DS-160 de cada solicitante.
  • Fotografía 5cmx5cm de cada solicitante tomada durante los últimos 6 meses. Para instrucciones sobre los requisitos de la fotografía, por favor visite: https://travel.state.gov/content/travel/en/us-visas/visa-information-resources/photos.html
  • Recibo de pago de la tarifa de visa de cada solicitante.
  • Copia del formulario I-797 notificando la aprobación de la petición.
  • Si el solicitante no es ciudadano de Costa Rica, incluya una copia de la cédula de residencia del solicitante.​

Paso 7: La documentación de los solicitantes debe ser enviada a la  Embajada de los Estados Unidos por medio de Correos de Costa Rica. Cada solicitud debe incluir todos los documentos indicados en el paso 6. Solicitudes que tengan documentación incompleta, no serán aceptadas.

El tiempo aproximado de procesamiento de las solicitudes de renovación de visa, por medio de Drop Box, es de ocho semanas.